Para consultas, quejas y denuncias ingrese en este enlace y complete el formulario. En "Tema de su trámite", seleccione la opción "Seguros".
Gestiones Consumidor Financiero
Le proporcionamos la información necesaria para que, en su calidad de consumidor, pueda realizar consultas, quejas y denuncias, así como acceder al Registro Único de Personas Beneficiarias, al Registro Público de Vehículos Asegurados con el Seguro Obligatorio Automotor, y ejercer su derecho de petición de información ante la Sugese.
| Nombre del Trámite: | Consultas al Registro Único de Personas Beneficiarias |
| Tipo de Institución: | Institución Autónoma |
| Nombre de la Institución: | Superintendencia General de Seguros |
| Dependencia responsable del trámite: | División de Asesoría Jurídica |
| Dirección de la dependencia, sus sucursales y horarios: | Avenidas 13 y 17, calle 3a. Barrio Tournón, distrito San Francisco, cantón de Goicoechea, San José. Frente a las oficinas centrales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. |
| Tel: 2243-4848 | |
| Fax: 2243-5151 | |
| Horario: de lunes a viernes, de las 8:30 am a las 4:30 pm en jornada continua | |
| Licencia, autorización, o permiso que se obtiene con el trámite: | Obtención de constancia o certificación del Registro Único de Beneficiario |
| Requisitos: | Las consultas al Registro único de Personas Beneficiarias pueden realizarse personalmente en las oficinas de la Superintendencia General de Seguros o a través de la página web siempre y cuando se cuente con firma digital vigente. Cuando la consulta se realice en ventanilla, el consultante únicamente deberá portar su documento de identidad vigente. Cuando la consulta se realice a través de la página web el consultante deberá suscribirse al Sistema "Sugese en Línea" para esto deberá de contar con firma digital vigente. |
| Fundamento legal de cada requisito: | Ley Reguladora del Contrato de Seguros N° 8956. Artículo 96 Acuerdo SUGESE 07-14 Reglamento sobre el Registro Único de Personas Beneficiarias Acuerdo de Superintendencia N° SGS-DES-A-038-2014. Determinación del Esquema Tarifario del Servicio Registro Único de Personas Beneficiarias. |
| Plazo de resolución: | Una vez recibida por parte del interesado el formulario de consultas debidamente firmado y habiendo cancelado el costo de la consulta (cuando aplique), la Superintendencia dará respuesta en un plazo máximo de 10 días hábiles. |
| Vigencia de la licencia, autorización o permiso: | Indefinida |
| Costo del trámite: | Para las consultas realizadas en ventanilla: Consulta simple: ₡475,92 Certificación*: ₡492,5 |
Para las consultas realizadas en línea: Consulta simple: ₡445,53 Certificación*: ₡463,03 | |
| * En materia de certificaciones le son aplicables las disposiciones del Código Fiscal N°8 y la Ley de Creación del Timbre de Archivos N°43 |
| Nombre del Trámite: | Consultas al Registro Público de Vehículos Asegurados con el Seguro Obligatorio |
| Tipo de Institución: | Institución Autónoma |
| Nombre de la Institución: | Superintendencia General de Seguros |
| Dependencia responsable del trámite: | División de Asesoría Jurídica |
| Dirección de la dependencia, sus sucursales y horarios: | El presente trámite se realiza desde la página web de la Superintendencia: Por esta razón no se encuentra sujeto a que la persona tramitante se apersone ante las oficinas de la Superintendencia General de Seguros. |
| Licencia, autorización, o permiso que se obtiene con el trámite: | Información sobre la póliza de seguro obligatorio correspondiente a un vehículo automotor |
| Requisitos: | Las consultas al pueden realizarse a través de la página web de la Superintendencia General de Seguros. |
| Fundamento legal de cada requisito: | Ley de Tránsito por las Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial N° 9078. Artículo 61 |
| Plazo de resolución: | Una vez recibida por parte del interesado el formulario de consultas debidamente firmado y habiendo cancelado el costo de la consulta (cuando aplique), la Superintendencia dará respuesta en un plazo máximo de 10 días hábiles. |
| Vigencia de la licencia, autorización o permiso: | Indefinida |
| Costo del trámite: | No Aplica |
Se emiten las siguientes disposiciones con el propósito de garantizar el ejercicio del derecho establecido en el artículo 27 de la Constitución Política y en la Ley N° 9097 del 26 de octubre del 2012, Ley de Regulación del Derecho de Petición. Descargar la política