| Nombre del Trámite | Denuncias contra sujetos supervisados o por presunta actividad de seguros no autorizada. |
| Tipo de Institución | Institución autónoma. |
| Institución | Banco Central de Costa Rica. |
| Dependencia | Superintendencia General de Seguros (Sugese). |
| Dirección y Teléfonos | Avenidas 13 y 17, calle 3a. Barrio Tournón, distrito San Francisco, cantón de Goicoechea, San José. Frente a las oficinas centrales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Tel: 2243-4848. Fax: 2243-5151. |
| Licencia, autorización o permiso que se obtiene | Atención y resolución de denuncia. |
| Requisitos | La presentación de denuncias se podrá efectuar mediante soporte papel o por medios informáticos. Nombre y apellidos, o personería jurídica en el caso de personas jurídicas, lugar para recibir notificaciones y cédula o número de identificación de las personas físicas. Si se presenta por medio de representante, se acreditará la representación por cualquier medio admitido en derecho. La identificación de la entidad o sociedad denunciada, así como de la oficina o sucursal a que se refiere en su caso la queja o reclamación. Los hechos que motivan la denuncia, con la documentación o evidencia de respaldo correspondiente que permita a la Superintendencia conocer y valorar los hechos denunciados. Lugar, fecha y firma (denuncia en formato electrónico debe incluir firma digital del denunciante). |
| Fundamento Legal | Artículos 4, 5 y 29 de la Ley N° 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y Reglamento de Defensa y Protección del Consumidor de Seguros |
| Plazo de resolución | La Superintendencia tendrá un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del momento en que el escrito cumpla con las formalidades previstas y se cuenten con todos los elementos probatorios de hecho y de derecho, para resolver la queja. Dicho plazo no correrá cuando se encuentre en trámite, requerimientos de información en otras instancias o ante los denunciados. En casos de complejidad excepcional, la atención final cual no podrá exceder de dos meses una vez que se cuenten con todos los elementos probatorios de hecho y de derecho para resolver. |
| Vigencia | Indefinida. |
| Costo del trámite | No aplica. |
Consultas jurídicas y denuncias de entidades supervisadas y no supervisadas
Le proporcionamos la información necesaria para que las entidades supervisadas y no supervisadas puedan realizar consultas jurídicas y presentar denuncias contra otros sujetos supervisados o por presunta actividad ilegal.
| Nombre del Trámite | Consultas jurídicas de entidades supervisadas. |
| Tipo de Institución | Institución autónoma. |
| Institución | Banco Central de Costa Rica. |
| Dependencia | Superintendencia General de Seguros (Sugese) |
| Dirección y Teléfonos | Avenidas 13 y 17, calle 3a. Barrio Tournón, distrito San Francisco, cantón de Goicoechea, San José. Frente a las oficinas centrales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Tel: 2243-4848 |
| Licencia, autorización o permiso que se obtiene | Dictamen jurídico u oficio de respuesta. |
| Requisitos | Las consultas deben ser formuladas y firmadas digitalmente por el gerente o el representante legal del ente supervisado y no por otros funcionarios. Dichas consultas deben tener como fin la interpretación de las normas jurídicas atinentes al tema de los seguros y por ende, deben ser de carácter general y no referirse a la solución de casos concretos. Junto con la consulta, debe remitirse el criterio del asesor jurídico de la entidad consultante. |
| Fundamento Legal | Acuerdo SGS-A-14-2011. |
| Plazo de resolución | La Superintendencia tendrá un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del momento en que el escrito cumpla con las formalidades previstas y se cuenten con todos los elementos probatorios de hecho y de derecho, para resolver la queja. Dicho plazo no correrá cuando se encuentre en trámite, requerimientos de información en otras instancias o ante los denunciados. En casos de complejidad excepcional, la atención final cual no podrá exceder de dos meses una vez que se cuenten con todos los elementos probatorios de hecho y de derecho para resolver. |
| Vigencia | Indefinida. |
| Costo del trámite | No aplica. |
| Nombre del Trámite: | Consultas jurídicas de sujetos de derecho no supervisados |
| Tipo de Institución: | Institución Autónoma |
| Nombre de la Institución: | Superintendencia General de Seguros |
| Dependencia responsable del trámite: | División de Asesoría Jurídica |
| Dirección de la dependencia, sus sucursales y horarios: | Avenidas 13 y 17, calle 3a. Barrio Tournón, distrito San Francisco, cantón de Goicoechea, San José. Frente a las oficinas centrales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Tel: 2243-4848 Horario: de lunes a viernes, de las 8:30 am a 4:30 pm en jornada continua |
| Licencia, autorización, o permiso que se obtiene con el trámite: | Oficio de respuesta |
| Fundamento legal de cada requisito | Artículo 285 Ley General de la Administración Pública |
| Plazo de resolución: | La Superintendencia tendrá un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del momento en que el escrito cumpla con las formalidades previstas y se cuenten con todos los elementos probatorios de hecho y de derecho, para resolver la queja. Dicho plazo no correrá cuando se encuentre en trámite, requerimientos de información en otras instancias o ante los denunciados. En casos de complejidad excepcional, la atención final cual no podrá exceder de dos meses una vez que se cuenten con todos los elementos probatorios de hecho y de derecho para resolver. |
| Vigencia de la licencia, autorización o permiso: | Indefinida |
| Costo del trámite: | No aplica |